La Justicia declara improcedente el despido de un cocinero de Barcelona por no acreditar un nivel alto de catalán
Después de más de 17 años trabajando como cocinero en el Ayuntamiento de Barcelona , Manuel Escribano se vio obligado a abandonar los fogones del Consistorio en enero de 2024 por no acreditar el conocimiento del catalán. Le exigieron un nivel B2 (intermedio) para renovar el contrato y no lo pasó. Asesorado por Convivencia Cívica Catalana (CCC), el cordobés llamó a la puerta de la Justicia pero en marzo de 2025 los tribunales avalaron su despido alegando que la exigencia del catalán no es «desproporcionada». Ahora, casi un año después el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) declara «improcedente» su cese al considerar que «sufrió indiscriminación indirecta».En la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, el juez estima en parte el recurso de suplicación interpuesto por Escribano contra la sentencia anterior (del Jugado de lo Social numero 32 de Barcelona), dictada el 4 de marzo de 2025, «revocándola y acordando, en su lugar, estimar parcialmente la demanda, y declarar improcedente el despido del demandante». El juez condena, asimismo, a la entidad demandada a «estar y pasar por este pronunciamiento, y a que readmita al demandante en su mismo puesto de trabajo y en iguales condiciones a las que regían la relación laboral con anterioridad al despido, con abono de los salarios de tramitación, a razón de 94,52 euros brutos diarios, con devolución, por el trabajador, de la indemnización ya percibida; o, a opción de la entidad demandada, que deberá ejercitar en el improrrogable plazo de cinco días, ante esta Sala de lo Social del TSJC , a que pague al trabajador una indemnización en cuantía de 58.696,92 euros , con compensación de la ya abonada».Noticia Relacionada estandar No Catalán obligatorio para desratizar en Vic: el Ayuntamiento impone la lengua en la contratación municipal Esther Armora Convivencia Cívica impugna el pliego de condiciones para acceder a la prestación del servicio y pide su suspensión cautelarEl su fallo el juez considera que pedir el nivel B2 de catalán al cocinero podría implicar a lo sumo una «indiscriminación indirecta» pero no una «discrimación directa». Para ello el demandante debería haber impugnado las bases del concurso.Por otro lado, la sentencia reconoce que «puede cuestionarse» el nivel de catalán exigido para acceder al puesto, aunque recuerda el demandante debería haber cuestionado esta exigencia impugnando las bases del concurso y no lo hizo. «El TC considera constitucional la exigencia con carácter general de un conocimiento mínimo de la lengua catalana para acceder a puestos de trabajo en el sector público en el ámbito territorial de Cataluña , y lo único que puede cuestionarse, como en nuestro caso, es la proporcionalidad del concreto nivel exigido. Circunstancia, esta última, que se debería haber cuestionado impugnando las bases de la convocatoria, no esperando a la resolución final, pues la exigencia no implica por sí misma una discriminación».El requisito lingüístico pudo ser disuasorioEl tribunal reconoce que Escribano fue el único aspirante que se presentó al puesto y que eso pudo deberse a la exigencia del nivel de catalán. «Al parecer el demandante fue el único aspirante que se presentó a la convocatoria para cubrir la plaza. Pero ello quizás fue por la propia exigencia del nivel mínimo de catalán. Pudiera haber otras personas legítimamente interesadas en la plaza que no participaron en el proceso selectivo por ser conscientes de que no superarían la prueba de catalán», apunta el TSJC. «El fallo considera que suspender el examen de catalán no puede ser motivo para cesar a un empleado público. No concede la nulidad por considerar que discutir el nivel de catalán se tendría que haber hecho impugnando las bases», aclara Ángel Escolano , presidente de Convivencia Cívica Catalana.«Es una Sentencia que declara ilegal una práctica que ha dejado a muchas personas sin trabajo: echar a trabajadores públicos por suspender un examen de catalán» Ángel Escolano Presidente de Convivencia Cívica«Es una Sentencia, dictada por la Sala de lo Social del TSJC , que declara ilegal una práctica que, durante la estabilización, ha dejado a muchas personas sin trabajo: echar a trabajadores públicos de ayuntamientos por suspender un examen de catalán después de décadas trabajando«, señala Escolano. El responsable de CCC considera que el pronunciamiento del TSJC «es un paso muy importante que, sumado al resto de sentencias que se van dictando a nuestras demandas, como la anulación de las oposiciones a peón de cementerio de Vic, están limitando las potestades de las administraciones catalanas de utilizar la lengua como elemento de discriminación laboral; desde CCC seguiremos trabajando para eliminar esas discriminaciones que están generando la Generalitat y muchos ayuntamientos en el empleo público; la exigencia del catalán en el empleo público tiene que ser un elemento para garantizar el pleno bilingüismo de la administración, no un instrumento para discriminar a los no catalanohablantes con exigencias lingüísiticas injustificadas«.Nivel B2 para estar entre fogonesEscribano fue contratado por el Ayuntamiento barcelonés en 2007 y tras encadenar varios contratos, logró alcanzar la categoría de personal laboral en 2014. A finales de 2022 el consistorio catalán inició un proceso de estabilización mediante concurso de méritos, en el que estaba incluida su plaza. Para adquirirla, sin embargo, era necesario acreditar un nivel B2 de catalán, a pesar de que el profesional trabajaba solo en los fogones y su función era solamente cocinar.Manuel aprobaba, según afirma en declaraciones a ABC, cada año los cursos organizados por el Consorcio para la Normalización Lingüística (CPNL). Ese año, el ayuntamiento le exigió el B2 y convocó una prueba propia, paralela a las del Consorcio, para sus trabajadores. Ni él ni otros interinos municipales la aprobaron.«Salí con buenas sensaciones»El examen tuvo lugar el 29 de septiembre de 2023. «Salí con buenas sensaciones, de hecho poco después, el 21 de diciembre, a probé el examen del CPNL , que no es fácil. Sin embargo en la revisión del examen del ayuntamiento veo que estaba suspendido. Es raro». Para colmo, el despido se notificó en enero cuando estaba de baja por un problema en un ligamento.El 9 de enero de 2024 el cocinero firmó el despido con la promesa, según apuntó en aquel momento en declaraciones a ABC, «de que me cogerían cuando hubiera pasado la penalización». No ocurrió y transcurrido ese tiempo le comunicaron que su plaza había sido amortizada. «Firmé el despido con el titulo de B2 del CPNL en la mano pero no me hicieron caso . Ellos remitían a su prueba y, según ellos no la había superado», dice Manuel, que pidió insistentemente el examen y no se lo concedieron.«Fueron más listos y me hicieron la prueba antes para quitarme de enmedio. Buscaban un despido barato . Adelantaron la prueba para que no tuviera el certificado. Querían amortizar la plaza y hacerla externa. Prueba de ello es que me prometieron que me cogerían de nuevo cuando pasara el tiempo de penalización y, pasado el tiempo, me comunicaron que mi plaza estaba ya amortizada», asegura en declaraciones a este diario. A día de hoy el servicio de cocina del consistorio barcelonés está externalizado.El clarinetista despedido, en espera de juicioEl caso de Manuel no es único, otros 11 trabajadores municipales tampoco han podido optar a la plaza de funcionario por el mismo motivo, según admitieron en declaraciones a este diario fuentes municipales. El caso de José Joaquín Sánchez , músico del Ayuntamiento de Barcelona desde 1997 al que el consistorio barcelonés no hizo fijo por no dominar el catalán es otro. Al igual que Escribano, Sánchez presentó un recurso contencioso-administrativo contra el ayuntamiento al considerar que la base del citado concurso que exige como condición para acceder a la plaza el requisito lingüístico «atenta contra la Constitución». Apeló a las bases del concurso y está pendiente de sentencia.