Francisco Bendala reclama a las Fuerzas Armadas un Gobierno de emergencia y un nuevo proceso constituyente
<article><h2>Francisco Bendala reclama una intervención de las Fuerzas Armadas y un Gobierno provisional para sustituir al Ejecutivo</h2><p>El teniente coronel retirado <strong>Francisco Bendala Ayuso</strong> defendió el 16 de septiembre de 2026, durante una conferencia titulada <em>Por Ceuta, que es por España. Ahora o nunca</em>, celebrada en el Centro Cultural de los Ejércitos de Madrid, conocido como Casino Militar, que las Fuerzas Armadas asumieran un papel directo en la política nacional y formasen un <strong>Gobierno provisional de emergencia</strong>. La intervención fue difundida posteriormente por <a href='https://www.publico.es/politica/teniente-coronel-retirado-anima-casino-militar-madrid-dar-golpe.html' target='_blank'>Público</a>, que tuvo acceso al vídeo del acto.</p><p>El planteamiento de Bendala no se limita a reclamar elecciones anticipadas o una moción de censura. Propone que los militares sustituyan al Ejecutivo, adopten medidas excepcionales relacionadas con la situación de Ceuta y, posteriormente, impulsen un proceso constituyente destinado a reemplazar la Constitución vigente. Por la naturaleza de esa propuesta, varios medios han descrito sus palabras como un llamamiento a un golpe de Estado. Lo que está acreditado por las declaraciones publicadas es que pidió expresamente a las Fuerzas Armadas formar ese Gobierno provisional y asumir funciones que corresponden a las instituciones civiles.</p><h3>El núcleo del discurso: los militares como poder político</h3><p>La idea central de la intervención aparece desde el comienzo. Bendala sostiene que la integridad territorial, la unidad y la independencia de España y el ordenamiento constitucional se encuentran, a su juicio, en peligro extremo. Atribuye esa situación a una supuesta <strong>«dejación total de funciones, inconstitucionalidad, ilegalidad e ilegitimidad»</strong> del jefe del Estado, del presidente del Gobierno y del Ejecutivo, y añade una crítica a lo que denomina una oposición <strong>«inepta y pasiva»</strong>.</p><p>A partir de ese diagnóstico, reclama que las Fuerzas Armadas <strong>«asuman su responsabilidad»</strong> y formen un Gobierno provisional de emergencia. Se trata de una afirmación política del propio orador, no de una constatación judicial de que el Gobierno, la Corona o la oposición estén actuando de forma ilegal o inconstitucional. No consta en las fuentes consultadas una resolución judicial que establezca esas acusaciones en los términos planteados por Bendala.</p><p>El discurso invoca como fundamento el artículo 8 de la Constitución. Ese precepto establece efectivamente que las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Sin embargo, la propia Constitución atribuye al Gobierno la dirección de la política interior y exterior, de la Administración civil y militar y de la defensa del Estado. El <a href='https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229' target='_blank'>texto constitucional publicado por el BOE</a> recoge ambas previsiones. El Ministerio de Defensa explica igualmente que la misión del artículo 8 se integra en un sistema en el que el Gobierno dirige la política de defensa.</p><h3>Qué propone para Ceuta</h3><p>La crisis de Ceuta ocupa un lugar central en el discurso. Bendala reclama a ese hipotético Gobierno de emergencia que declare el estado de excepción, rompa las relaciones con Marruecos, cierre las fronteras y proceda a devolver en 24 horas a las personas que entraron desde territorio marroquí. También propone trasladar efectivos de la Armada al Estrecho y a las aguas de Canarias y reforzar unidades de la Legión y de Regulares.</p><p>El contexto es una crisis migratoria producida en Ceuta durante los días 30 y 31 de julio de 2026. Según los datos facilitados por el Gobierno, más de 70.000 personas cruzaron la frontera desde Marruecos durante aquellos días. A mediados de septiembre, el Ejecutivo informaba de miles de personas acogidas temporalmente y de procedimientos de retorno y expulsión en marcha. La <a href='https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2026/20260901-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx' target='_blank'>referencia del Consejo de Ministros del 1 de septiembre</a> y la <a href='https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2026/20260915-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx' target='_blank'>actualización de 15 de septiembre</a> detallan las medidas de acogida, filiación, retorno y refuerzo de los servicios públicos.</p><p>La descripción de esas personas como <strong>«invasores»</strong> pertenece al discurso de Bendala y no constituye una denominación jurídica. La respuesta institucional que consta en las fuentes oficiales se articula mediante procedimientos administrativos, de filiación, retorno, expulsión, atención a menores y cooperación con las autoridades marroquíes.</p><h3>El estado de excepción no puede ser declarado unilateralmente por un Gobierno militar</h3><p>La apelación de Bendala al estado de excepción también tiene un encaje jurídico concreto que difiere de su propuesta. La <a href='https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1981-12774' target='_blank'>Ley Orgánica 4/1981</a> establece que, cuando se produzca una alteración grave del orden público y las potestades ordinarias resulten insuficientes, el Gobierno puede solicitar al Congreso autorización para declarar el estado de excepción. El Congreso debate esa solicitud y puede aprobarla o introducir modificaciones. La declaración posterior corresponde al Gobierno mediante decreto.</p><p>La misma ley establece además que los estados excepcionales no interrumpen el funcionamiento normal de los poderes constitucionales. En el caso del estado de sitio, que la legislación contempla para situaciones de insurrección o fuerza contra la soberanía, la integridad territorial o el orden constitucional que no puedan resolverse por otros medios, la iniciativa corresponde igualmente al Gobierno, que debe proponer su declaración al Congreso. La norma especifica que, incluso durante el estado de sitio, el Gobierno conserva la dirección de la política militar y de defensa.</p><p>Por tanto, la referencia al artículo 8 como autorización para que las Fuerzas Armadas sustituyan por iniciativa propia a las autoridades constitucionales no se corresponde con el procedimiento establecido en la Constitución y en la legislación reguladora de los estados excepcionales.</p><h3>Una intervención que plantea también sustituir la Constitución</h3><p>La segunda parte de la propuesta de Bendala consiste en abrir un <strong>proceso constituyente</strong> para elaborar una nueva Constitución que, según sus palabras, «enmiende de arriba abajo» la actual. Añade que debería celebrarse previamente un referéndum entre monarquía y república y que, una vez aprobada la nueva Constitución, se celebrarían elecciones generales.</p><p>El orden que plantea es significativo: primero sitúa la intervención militar y la formación de un Gobierno provisional; después, el proceso constituyente; y finalmente, unas elecciones generales. No está proponiendo una reforma constitucional ordinaria dentro del procedimiento previsto por la Constitución, sino una ruptura del marco institucional vigente para iniciar posteriormente otro proceso constituyente. La propuesta de sustituir el sistema constitucional es una posición política expresada por el orador.</p><h3>Quién es Francisco Bendala Ayuso</h3><p>La identidad del orador está documentada. Se trata de <strong>Francisco Bendala Ayuso</strong>, teniente coronel retirado del Ejército de Tierra. Una trayectoria publicada en una entrevista de 2025 señala que ingresó en la Academia General Militar, se especializó en Infantería y desarrolló parte de su carrera como piloto de helicópteros. La misma fuente afirma que estuvo destinado en la Guardia Real y posteriormente durante años en el entonces CESID, antecedente del actual Centro Nacional de Inteligencia, en tareas relacionadas con terrorismo árabe e islámico y otros destinos en el extranjero. El <a href='https://www.boe.es/boe/dias/1981/09/29/pdfs/A02294-02295.pdf' target='_blank'>Boletín Oficial del Estado</a> también documenta su trayectoria militar mediante una resolución de 1981 que lo identifica como teniente de Infantería destinado al Batallón de Helicópteros de Ataque I.</p><p>La información disponible muestra además una trayectoria pública vinculada a posiciones favorables a la reivindicación de la figura de Francisco Franco. En 2025 Bendala figuró entre los firmantes del manifiesto <em>Ni olvidamos ni callamos</em>, promovido por la denominada Plataforma 2025 con motivo del 50.º aniversario de la muerte de Franco. El propio manifiesto reivindica explícitamente al dictador y defiende una interpretación favorable de su régimen. La relación de firmantes incluye a Bendala como teniente coronel retirado, según el <a href='https://www.alertadigital.com/2025/02/03/manifiesto-de-la-plataforma-2025-ni-olvidamos-ni-callamos/' target='_blank'>texto publicado del manifiesto</a>. Esta información ayuda a contextualizar sus posiciones actuales, pero no permite atribuir automáticamente a todo el colectivo militar sus opiniones.</p><h3>El escenario del Casino Militar</h3><p>El acto se celebró en el Centro Cultural de los Ejércitos, institución conocida como Casino Militar, y fue presentado por el coronel de Artillería retirado José María Manrique, según la información publicada por <a href='https://www.publico.es/politica/teniente-coronel-retirado-anima-casino-militar-madrid-dar-golpe.html' target='_blank'>Público</a>. La presencia de un militar retirado como conferenciante no significa que sus palabras representen la posición oficial de las Fuerzas Armadas.</p><p>De hecho, ante la repercusión de la conferencia, el Ministerio de Defensa señaló que las actividades organizadas por el centro corresponden a sus órganos de dirección y que las manifestaciones realizadas por Bendala son responsabilidad de quien las pronuncia. <a href='https://www.publico.es/politica/defensa-sostiene-puede-actuar-militar-retirado-pidio-golpe-civil.html' target='_blank'>Público recogió la posición trasladada por Defensa</a>, según la cual un militar retirado no está actuando en ese contexto en representación de las Fuerzas Armadas.</p><h3>Una propuesta excepcional en un contexto de fuerte tensión política</h3><p>El discurso combina tres elementos: una acusación de ilegitimidad contra las principales instituciones del Estado, una apelación directa a las Fuerzas Armadas para que intervengan en la vida política y un proyecto posterior de sustitución de la Constitución mediante un proceso constituyente. La crisis de Ceuta funciona como detonante inmediato de esa propuesta y como argumento para reclamar medidas extraordinarias.</p><p>El contraste con el marco constitucional es relevante. La Constitución encomienda a las Fuerzas Armadas la defensa de España y del ordenamiento constitucional, pero dentro de un sistema en el que las instituciones civiles conservan sus competencias y en el que los estados excepcionales están sometidos a procedimientos y controles parlamentarios. Por ello, la utilización del artículo 8 por Bendala como justificación de una intervención militar constituye <strong>su interpretación política del precepto</strong>, no una atribución de poder político autónomo a las Fuerzas Armadas reconocida por la Constitución.</p><p>La propuesta expresada en el Casino Militar tampoco equivale a una posición oficial del Ejército, de la Armada, del Ejército del Aire o del Gobierno. Se trata de las declaraciones de un militar retirado identificado como Francisco Bendala Ayuso. La relevancia de sus palabras reside precisamente en que plantea públicamente sustituir temporalmente a las autoridades constitucionales por un Gobierno de emergencia integrado por militares y utilizar ese periodo para iniciar una transformación del sistema constitucional.</p></article>